fundamentos obligaciones

¿Qué son los precios de transferencia y quiénes están obligados en México?

Guía clara para contadores y empresarios: qué son los precios de transferencia, de dónde viene la obligación y cómo saber si tu empresa debe cumplir.


Si tu empresa compra, vende, paga regalías, recibe préstamos o contrata servicios con otra empresa del mismo grupo —o con socios y familiares de los socios—, este tema te aplica. Aquí lo explicamos sin tecnicismos innecesarios.

La idea central: el principio de plena competencia

Los precios de transferencia son los precios que pactan entre sí las partes relacionadas: empresas de un mismo grupo, o personas con vínculos de administración, control o capital.

La regla es una sola: esas operaciones deben pactarse como lo harían empresas independientes en operaciones comparables. A esto se le llama principio de plena competencia (arm’s length principle). Si una subsidiaria mexicana le compra inventario a su matriz en el extranjero a un precio inflado, traslada utilidad fuera de México — y eso es exactamente lo que el SAT busca detectar.

¿De dónde viene la obligación?

Las disposiciones principales están en la Ley del Impuesto sobre la Renta:

  • Artículo 76, fracciones IX y XII: obligación de obtener y conservar documentación comprobatoria (el “estudio”) y de pactar a valores de mercado.
  • Artículo 179: define qué son partes relacionadas y adopta el principio de plena competencia.
  • Artículo 180: establece los métodos aceptados y el rango intercuartílico.
  • Artículo 76-A: declaraciones informativas local, maestra y país por país para ciertos contribuyentes.

¿Quiénes están obligados?

Un punto que sorprende a muchos contadores: la obligación de pactar a valores de mercado aplica a todos los contribuyentes con operaciones entre partes relacionadas, sin importar su tamaño y aunque ambas partes sean mexicanas.

Lo que varía según ingresos es la obligación de documentar:

SupuestoObligación documental
Ingresos menores a $13 MDP (actividad empresarial) o $3 MDP (servicios profesionales)Relevados del estudio, pero deben pactar a mercado
Por encima de esos umbralesEstudio de precios de transferencia completo
Quienes tributan en términos del Art. 76-A (grandes contribuyentes, grupos multinacionales)Además: declaraciones local, maestra y/o país por país

Ojo: la relevación del estudio no te releva del Anexo 9 de la DIM si tuviste operaciones con partes relacionadas, ni de demostrar valores de mercado si el SAT lo cuestiona.

¿Qué pasa si no cumplo?

  • Multas por no presentar declaraciones informativas o presentarlas incompletas.
  • Rechazo de deducciones de las operaciones no documentadas — este suele ser el golpe fuerte.
  • Ajustes de la autoridad a la utilidad fiscal, con actualización y recargos.
  • Pérdida del derecho a la reducción de multas en caso de autocorrección.

¿Por dónde empezar?

  1. Haz un inventario de tus operaciones con partes relacionadas del ejercicio.
  2. Verifica si superas los umbrales de ingresos.
  3. Si necesitas estudio, no lo dejes para el cierre: el análisis serio toma semanas, no días.

¿Dudas sobre tu caso específico? Solicita una cotización y te orientamos sin costo.