Declaración informativa local: quién la presenta y qué contiene
Declaración informativa local de partes relacionadas: quién la presenta según el 32-H del CFF, qué contiene y en qué se diferencia de tu estudio.
La declaración informativa local es la versión “oficial” de tu análisis de precios de transferencia: un formato electrónico que el SAT puede leer y cruzar sin pedirte nada. No sustituye al estudio, pero cuenta la misma historia — y por eso ambos deben coincidir.
Quién está obligado a presentarla
La obligación viene del artículo 76-A de la LISR, que remite a los supuestos del artículo 32-H del CFF. En términos prácticos, presentan informativa local:
- Contribuyentes con ingresos acumulables iguales o superiores al monto que fija el propio 32-H (se actualiza anualmente).
- Empresas que tributan en el régimen opcional para grupos de sociedades.
- Entidades paraestatales de la administración pública federal.
- Residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México, por las actividades del establecimiento.
- Desde 2022, también quienes sean partes relacionadas de los obligados a dictaminarse fiscalmente.
Si no caes en ninguno de estos supuestos, no presentas la local — pero eso no te exime del estudio ni del Anexo 9 de la DIM, que aplican a un universo mucho más amplio.
Qué contiene
La regla miscelánea detalla el contenido, que sigue de cerca el Local File de la Acción 13 de BEPS:
- Estructura y actividades: organigrama, descripción del negocio, estrategia, reestructuras del ejercicio.
- Operaciones con partes relacionadas: monto, contraparte, contratos, análisis funcional de cada operación.
- Análisis económico: método aplicado, comparables seleccionados, rango intercuartílico y conclusión por operación.
- Información financiera: estados financieros utilizados y la conciliación de la información segmentada.
Diferencias frente al estudio de precios de transferencia
Aquí está la confusión más común. No son lo mismo:
| Estudio (Art. 76-IX) | Informativa local (76-A) | |
|---|---|---|
| ¿Quién? | Generalidad con operaciones relacionadas | Solo supuestos del 32-H |
| Formato | Documento libre (PDF, papel de trabajo) | Formato electrónico del SAT |
| ¿Se entrega? | Solo si el SAT lo requiere | Se presenta cada año, sí o sí |
| Fecha típica | Disponible al presentar la anual | 15 de mayo del año siguiente |
El estudio es tu defensa técnica; la informativa local es la declaración estructurada de esa defensa. Si la local dice una cosa y el estudio otra, tú mismo le entregaste al SAT la inconsistencia.
Fecha límite y multas
La fecha típica es el 15 de mayo del año inmediato posterior al ejercicio, aunque puede moverse por resolución miscelánea — confírmala cada año dentro de tu calendario de cumplimiento de precios de transferencia.
No presentarla, o presentarla incompleta o con errores, genera multas que se actualizan anualmente y, peor, afecta tu opinión de cumplimiento. El detalle completo está en multas por no presentar el estudio y las informativas.
Cómo prepararla sin duplicar trabajo
La informativa local se alimenta del estudio: si el estudio está terminado en marzo o abril, llenar la local es un ejercicio de traslado de información, no un proyecto nuevo. Quienes dictaminan también deben cuidar la coherencia con los apartados de precios de transferencia del ISSIF o SIPRED: tres documentos, una sola historia.
¿No tienes claro si tu empresa cae en el 32-H o cómo conciliar estudio e informativa? Escríbenos y lo revisamos contigo antes de que llegue la fecha límite.